El término IRA está mayormente asociado a la industria financiera bancaria, sin embargo las compañías de seguros pueden establecer una anualidad de retiro individual. Las IRA’s se desarrollan para complementar ahorros en diferentes instrumentos. Al igual que las IRA’s bancarias, las aportaciones (primas pagadas) pueden ser deducibles de la planilla de contribución sobre ingresos y ganancias no pagan impuestos hasta que se retiren.
Otros beneficios asociados a las IRA emitida por compañías de seguro son la flexibilidad de sus contratos. Para tu beneficio incluimos tablas comparativas, entre estos se encuentran:
Las IRA’s bancarias cuentan con una garantía en sus depósitos otorgada por el Federal Deposit Insurance Corporation de hasta $250,000.00 por contribuyente por cada institución bancaria, las anualidades de retiro individual están respaldadas por la habilidad de pago de la compañía que emite la póliza sin límite de cantidad asegurada. Para distribuciones de intereses de IRA'S de ciertas instituciones financieras en Puerto Rico, el contribuyente puede optar por tributar a 17% siempre y cuando autorice al funcionario a retener dicha contribución sobre el monto de distribución de intereses.
Para más información sobre las diferencias y atributos de la IRA tradicional y las anualidades de retiro individual, consulta a tu representante autorizado o con nosotros al Departamento de Servicio al Cliente al 787-706-7096.
Garantías y beneficios de Universal FXD IRA están basados en la habilidad de pago de Universal Life Insurance Company, no están asegurados por la FDIC u otras agencias gubernamentales federales. Los retiros parciales o liquidaciones pueden estar sujetos a cargos por liquidación temprana y podrían estar sujetos a pago de contribuciones y reducen el valor de la inversión para propósito del pago del Beneficio por Muerte.La tasa de interés sobre cada pago de prima se calculará de forma compuesta diariamente, acreditado al valor del contrato desde la fecha del contrato. Aportaciones adicionales están atadas a un nuevo término de contrato e interés. Los cargos decrecientes por 4 años son: 6%, 5%, 4%, 3%, 0%, por retiros en exceso del permitido. Tasa de interés mínimo garantizado 1%. Penalidad de 10% impuesta por el Departamento de Hacienda puede aplicar en distribuciones cuándo la persona es menor a 60 años de edad en contratos IRA.